Sector

Protección de datos en clínicas y centros sanitarios

Actualizado el 30 de octubre de 2026 · Pietro Cravero, delegado de protección de datos con certificación italiana IDcert

Los centros sanitarios obligados a llevar historia clínica deben nombrar un delegado de protección de datos, aunque sean pequeños (art. 34.1.l LOPDGDD). La excepción es el profesional sanitario que ejerce a título individual. La historia clínica se conserva, como mínimo, cinco años desde cada alta (art. 17.1 Ley 41/2002).
Qué se revisa

Los puntos que más fallan en este sector

01

Accesos a la historia clínica

Cada perfil ve solo lo necesario: recepción no necesita diagnósticos. Accesos registrados y revisados.

RGPD art. 32; Ley 41/2002 art. 16
02

Mensajería con pacientes

Enviar citas, resultados y fotos desde el móvil personal es uno de los riesgos más frecuentes.

RGPD arts. 5.1.f y 32
03

Encargados del tratamiento

Software clínico, laboratorio externo, empresa de limpieza con acceso a consultas: contratos del art. 28.

RGPD art. 28
04

Conservación

Mínimo cinco años desde el alta; las comunidades autónomas pueden fijar plazos más largos.

Ley 41/2002 art. 17.1
05

Brechas

Un correo con resultados al paciente equivocado puede tener que notificarse a la AEPD en 72 horas.

RGPD arts. 33 y 34
Caso típico

Un día en la recepción

  1. 1

    Una paciente pide por teléfono el resultado de su análisis: se verifica la identidad antes de dar datos.

  2. 2

    Un familiar pregunta por un ingreso: solo se informa a quien el paciente haya autorizado.

  3. 3

    Se escanea un informe externo: se incorpora a la historia, no a una carpeta compartida.

  4. 4

    Un técnico del software entra en remoto: acceso limitado, registrado y previsto en el contrato.

Preguntas frecuentes

¿Una consulta con un solo médico necesita DPD?

No, si el profesional ejerce a título individual: la LOPDGDD lo excluye expresamente. Sigue teniendo que cumplir el RGPD, incluido el registro de actividades y la seguridad.

¿Y una clínica dental con tres odontólogos?

Si es un centro sanitario obligado a llevar historia clínica, sí: el art. 34.1.l no fija un mínimo de tamaño.

¿Puede el DPD ser externo?

Sí. El art. 37.6 RGPD permite que el delegado actúe mediante un contrato de servicios.

Por comunidad: AsturiasGalicia

Información general, no asesoramiento sobre un caso concreto. Actualizado el 30 de octubre de 2026.

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