Cantabria · Torrelavega

Delegado de protección de datos en Torrelavega

Industria, comercio y servicios: empresas que quieren mostrar a su equipo en la web, en ferias y en las redes sociales.

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Respuesta breve: la imagen de un trabajador es un dato personal y está protegida además por el derecho a la propia imagen (LO 1/1982). El contrato de trabajo no cubre, por sí solo, su publicación en la web o en redes con fines promocionales: lo habitual es pedir un consentimiento específico, libre e informado, que se pueda retirar en cualquier momento. Posar para la foto o compartirla en el propio perfil no equivale a autorizar a la empresa, y negarse no puede tener consecuencias laborales.
Autoridad de control: AEPD

Empresas, profesionales y comunidades de propietarios responden ante la Agencia Española de Protección de Datos.

Una foto de equipo puede seguir en internet años después de que alguien se vaya.
Torrelavega

La foto de equipo en la web

La empresa renueva su web y organiza una sesión de fotos con toda la plantilla. Las imágenes se publican en «Quiénes somos», en redes sociales y en el catálogo de una feria.

En una relación laboral el consentimiento debe ser realmente libre: hay que poder decir que no sin consecuencias, y cada uso (web, redes, material impreso) conviene autorizarlo por separado.

Cuando un trabajador retira su consentimiento, sus fotos se retiran de la web y de las redes que la empresa controla. Lo ya distribuido en papel normalmente no puede recogerse, pero no se reedita con su imagen.

1
InformaciónQué fotos, para qué usos, dónde y durante cuánto tiempo.
2
Consentimiento por usosWeb, redes e impresos: opciones separadas, sin premarcar.
3
AlternativaQuien no quiera aparecer queda fuera de la foto o no es reconocible.
4
PruebaSe conserva la autorización, firmada o electrónica.
5
RetiradaAl retirar el consentimiento, las fotos salen de la web y de las redes.
Qué revisar por sector

Puntos frecuentes en Torrelavega

Industria

Fotos en planta con trabajadores reconocibles.

RGPD art. 6.1.a

Comercio y atención al público

Imagen del personal en promociones y redes.

LO 1/1982

Servicios profesionales

Fichas del equipo con foto y trayectoria.

RGPD art. 7.3
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Preguntas frecuentes

Dudas habituales en Torrelavega

¿Y si el trabajador aparece de fondo en la foto de un evento?

Si no es reconocible o su presencia es accesoria, el riesgo es menor; si se le identifica claramente, lo prudente es tener su autorización o no publicarla.

¿Puedo poner el nombre en la tarjeta identificativa del puesto?

Una identificación en el puesto puede estar justificada por la atención al público; no es lo mismo que publicar su imagen en internet.

¿Hay que retirar las fotos cuando el trabajador se va?

Conviene hacerlo en los canales que controla la empresa, salvo que el trabajador haya aceptado expresamente que se mantengan.

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Actualizado el 8 de noviembre de 2026 · Pietro Cravero, delegado de protección de datos con certificación italiana IDcert.