Energía y telecomunicaciones
Campañas telefónicas de captación de clientes.
LOPDGDD art. 23Agroalimentario, energía, turismo y comercio: empresas que buscan clientes nuevos con campañas por teléfono, correo y mensajes.
Empresas y profesionales responden ante la AEPD; las administraciones andaluzas, ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.
Una empresa compra una base de datos para una campaña telefónica de verano. Llama a cientos de personas, y algunas reclaman ante la AEPD.
Una de las primeras cuestiones que se examinan es si se consultaron los sistemas de exclusión publicitaria antes de la campaña. Si no, hay infracción aunque la base de datos fuera de origen lícito.
Para las llamadas comerciales rigen además las normas de telecomunicaciones, con reglas propias sobre consentimiento.
Campañas telefónicas de captación de clientes.
LOPDGDD art. 23Ofertas a antiguos clientes y a bases de datos compradas.
LOPDGDD art. 23; LSSI art. 21Correo comercial a tiendas y distribuidores.
LOPDGDD art. 19; LSSI art. 21Puedo trabajar en remoto con organizaciones de toda la provincia: reuniones por vídeo, documentos compartidos y respuestas por escrito.
No si han dado su consentimiento a recibir comunicaciones. Para el correo electrónico rige además el art. 21 LSSI.
No: el art. 23 LOPDGDD protege a personas físicas; las comunicaciones a empresas se rigen por otras normas, como el art. 21 LSSI para el correo electrónico.
La obligación de consultar es de quien hace la campaña: conviene exigir garantías al proveedor y hacer el cruce igualmente.
Trabajo en remoto desde Italia, dentro de la Unión Europea. La primera evaluación es gratuita: miro tu situación y te digo por escrito qué falta y en qué orden resolverlo.
Actualizado el 31 de octubre de 2026 · Pietro Cravero, delegado de protección de datos con certificación italiana IDcert.