Centros de atención
Grabación sistemática, evaluación de agentes y subcontratación.
RGPD arts. 6, 13 y 28Centros de atención telefónica, bodegas, turismo y servicios: muchas conversaciones con clientes se graban para calidad o prueba.
Empresas y profesionales responden ante la AEPD; las administraciones andaluzas, ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.
Una empresa graba todas las llamadas de su servicio de atención y las guarda sin plazo «por si acaso». El aviso existe, pero lo demás no está pensado.
Cada finalidad necesita su base: acreditar una contratación, mejorar la calidad o resolver reclamaciones. Para algunas puede bastar el interés legítimo, con posibilidad de oposición; otras exigen más.
El plazo de conservación debe estar fijado, el acceso a las grabaciones limitado y los clientes informados de cómo pedir una copia.
Grabación sistemática, evaluación de agentes y subcontratación.
RGPD arts. 6, 13 y 28Reservas telefónicas, visitas y ventas a distancia.
RGPD art. 13Contrataciones telefónicas y prueba del consentimiento.
RGPD art. 7.1Puedo trabajar en remoto con organizaciones de toda la provincia: reuniones por vídeo, documentos compartidos y respuestas por escrito.
Depende de la finalidad. Si la base es el interés legítimo, puede oponerse; si la grabación es necesaria para acreditar una contratación, puede ofrecerse otro canal.
Sí, como dato personal propio: puede pedir copia mediante el derecho de acceso (art. 15 RGPD).
Es otra finalidad respecto a los trabajadores: deben estar informados y el uso debe ser proporcionado (art. 87 y ss. LOPDGDD).
Trabajo en remoto desde Italia, dentro de la Unión Europea. La primera evaluación es gratuita: miro tu situación y te digo por escrito qué falta y en qué orden resolverlo.
Actualizado el 31 de octubre de 2026 · Pietro Cravero, delegado de protección de datos con certificación italiana IDcert.